jueves, 14 de marzo de 2013

¿Está penado por la ley consumir drogas?



De acuerdo a la Ley Nº 20.000, el consumo de drogas es una falta (no un delito), por lo que no tiene penas privativas de libertad.



No obstante, su artículo 50 establece sanciones al que consume drogas en lugares públicos o abiertos al público (calles, plazas, pubs, estadios, cines, teatros, bares, entre otros) y a quienes lo hagan en lugares privados, siempre que exista acuerdo previo para hacerlo.


SANCIONES.


▪ Multa (de 1 a 10 Unidades Tributarias Mensuales);


 Asistencia obligatoria a programas de prevención (hasta por 60 días) o tratamiento y rehabilitación en instituciones autorizadas por el Servicio de Salud competente (hasta por 180 días)


▪ Trabajos en beneficio de la comunidad.


▪ Puede aplicarse, como pena accesoria, la suspensión de la licencia de conducir de vehículos motorizados por un plazo máximo de 6 meses. En caso de reincidencia, la suspensión será de hasta un año y, de reincidir nuevamente, podrá extenderse hasta por dos años.



▪ Las mismas sanciones se aplicarán al que porta drogas en los lugares antes señalados, cuando se justifique que es para su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo.


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